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Tramites de nacimiento de un hijo (Parte 1)

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Todos sabemos que los tramites que hay que hacer en España cuando nace un bebe son muy pesado y liosos. Os vamos a ir guiando poco a poco para que os hagáis la “chuleta” para cuando nazca vuestro bebe.

 

¡PREPARAD LA CARPETA!

Comprad una carpeta para guardar los documentos que os irán dando a lo largo del proceso. Son muchos los papeles y es fácil olvidarse alguno, lo que os supondría tener que volver otro día.

Añadid inicialmente:

  • DNI de los dos padres (original y fotocopias)
  • Libro de familia si lo tenéis (original y fotocopias de TODAS las páginas escritas)

En algunos de los trámites os exigirán fotocopias y en otros no, depende de la manera de trabajar de cada centro. Empezad como mínimo con un par de copias y haced más a medida que las vayáis necesitando.

En algunos lugares no disponen de fotocopiadora pública y se negarán a haceros las fotocopias. En cambio, en otros lugares os puede ocurrir que amablemente os las hagan y os terminen sobrando todas las copias que traíais hechas de casa.

 

1 IMPRESOS QUE DAN EN EL HOSPITAL

Unas horas después del parto os llevarán dos documentos a vuestra habitación:

  • Informe médico de maternidad (impreso amarillo)
  • Boletín estadístico (impreso rojo o azul, según la Comunidad Autónoma)

Cuando abandonéis el hospital, deberéis recoger en la oficina de Administración:

  • Informe de alta hospitalaria

El hospital rellena los datos relativos al parto (hora del parto, etc.) pero el resto tenéis que hacerlo vosotros.

Una vez rellenados no se los queda el hospital, sinó que tenéis que llevarlos al Registro Civil (ver el paso siguiente). Rellenadlos tranquilamente antes de ir para allá, ya que son un poco largos.

Hay que asegurarse de que el impreso amarillo está debidamente firmado por el médico o la comadrona que ha asistido en el parto. Si no lo está desde un principio, no os preocupéis porque os lo firmará en una de las visitas posteriores que os hará a la habitación para comprobar que todo va bien.

En algunas ciudades, el boletín estadístico no lo dan en el hospital sinó que os lo facilitarán directamente en el Registro Civil. Pero si tenéis la intención de inscribir al bebé en el Registro Civil de otra ciudad distinta, consultad con el hospital si os lo tienen que dar ellos.

 

2 ALTA DEL BEBÉ EN EL REGISTRO CIVIL

Hay que censar el bebé en la ciudad donde ha nacido o bien en la ciudad donde residirá.

Documentos que hay que llevar:

  • DNI del padre y de la madre
  • Libro de familia (en caso de que lo tengáis si sois una pareja casada; si no, os lo harán al momento)
  • Informe médico de maternidad (impreso amarillo que habéis tenido que rellenar en el paso anterior)
  • Boletín estadístico (impreso rojo o azul que habéis tenido que rellenar en el paso anterior)
  • Sentencia de separación o divorcio (si uno de los padres estuvo anteriormente casado)

Si tenéis intención de emitir el DNI del bebé en los próximos meses, aprovechad para pedir que os emitan el siguiente documento:

  • Certificado literal de nacimiento del bebé (caduca a los 6 meses)

En el caso de parejas casadas sólo es necesario que vaya uno de los padres, en caso contrario tendréis que ir los dos. También tendréis que ir los dos si queréis invertir el orden de los apellidos del bebé.

Este trámite hay que hacerlo pasadas 24h del nacimiento y en un máximo de 8 días.

Recordad hacer fotocopias de la nueva página que habrán incorporado en el libro de familia con los datos del bebé. Guardadlas en la carpeta junto con las que ya teníais.

Tenemos constancia de algunos Registros Civiles que no requieren nunca la presencia de los dos padres, aunque no estén casados, pero no parece el caso más habitual. En este caso, al otro padre se le notifica unos días después de haber realizado el trámite. También tenemos constancia de algunos Registros Civiles que requieren siempre la presencia de los dos padres, aunque estén casados, si la población de residencia no coincide con la de nacimiento.

 

3 BAJA POR MATERNIDAD EN EL MÉDICO DE CABECERA

Es necesario pedir visita con el médico de cabecera de la madre en su Centro de Atención Primaria (CAP).

Documentos que hay que llevar:

  • Informe de alta hospitalaria
  • DNI de la madre (en caso de que vaya otra persona a recoger de vuestra parte)

Normalmente permiten que la baja por maternidad pueda recogerla de vuestra parte otra persona (el padre u otro familiar directo) para que no tenga que ir la madre.

 

En el siguiente post, os pondremos los siguientes pasos.
Fuente: Tramitesnacimiento